Ninguna Logia Tendrá más de 54 Miembros, Fernando de Brunswick


Extracto del artículo XI del Acta Final del Convento de Willmhesbad de 1782.

Para asegurar el buen orden en nuestras Logias y ver depurar día a día su composición, hemos fijado desde ahora algunos principios, que deberán entrar a formar parte del nuevo código. Establecemos pues las Logias Escocesas compuestas por los Escoceses de la comarca y presididas por el Comendador de la casa y Diputado Maestro, como Inspector y primera instancia de las Logias azules o simbólicas; no concediendo a los Escoceses otra prerrogativa en Logias azul que la de Maestros, a menos que sean oficiales de la Logias los cuales formarán un Comité a solicitud de los Venerables para preparar los asuntos a deliberar con anterioridad a la reunión de las Logias.

Fijamos de ahora en adelante el número esencial de miembros a siete, a saber: el Venerable, los dos Vigilantes, el Orador, el Secretario, el Tesorero y el Limosnario, a los que cada Logias podrá agregar un Maestro de Ceremonias y un Ecónomo; ordenamos a las Logias a no recibir ningún candidato por debajo de los 21 años cumplidos, y verificada la edad mediante partida de bautizo, pudiendo disminuir en un año la edad requerida solamente en aquellos que sean presentados por sus padres y estos sean miembros de la Logias; pero no concediéndoles ninguna otra dispensa y exigiendo que hasta la edad de 25 años presente el consentimiento de su padre, a menos que el hijo esté emancipado, y para no multiplicar en demasía las recepciones y limitar el número de miembros por Logias hacemos expresa ley que ninguna Logias pueda estar compuesta por más de 54 hermanos y que en el momento que se llegue a ese número, no se pueda recibir a ningún otro si no por causa de vacante.

Decretamos finalmente, que en ausencia del Venerable Maestro, la Logias no sea presidida por el Pasado Maestro, si no que el derecho de Presidencia recaiga sobre el Primer Vigilante y que el Pasado Maestro, vuelva, desde el mismo momento del cese de sus funciones, a la clase de los Escoceses y no conserve otra prerrogativa que la de llevar en el ojal de la solapa una pequeña marca, de su antigua dignidad.

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