Extracto del Anteproyecto leído por Willermoz en el Convento de Wilhelmsbad de 1782 donde se analizó la legitimidad de la filiación de la Masonería con la Orden del Temple y el futuro de la Orden.
Yo me pregunto, ¿nos corresponde a nosotros acometer tal petición [solicitar la devolución de los bienes de la Orden del Temple]? ¿A hombres que han jurado ante Dios y sus hermanos servir y defender a su patria, no aportarle ningún transtorno, obedecer sus leyes y las ordenes de su soberano, y respetar su voluntad? ¿Que tales hombres pueden legítimamente, y únicamente por satisfacer la codicia de algunos, proyectar una tan gran conmoción? No, sin duda alguna; pero, en el caso de que quisiéramos, ¿dónde están nuestros títulos? Si, en las cortes de Justicia de cualquier nación civilizada, un heredero, que a pesar de un derecho establecido a una sucesión, no pueda presentar un título incontestable a los términos de la Ley, ve desestimada su demanda, ¿cómo podemos pretender que, en una causa de proporciones semejantes, cuatro palabras dichas misteriosa y confidencialmente al oído puedan ser títulos suficientemente válidos para tan loca pretensión?

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