Conducta Delante de los No Masones, Anderson


Extracto del Artículo VI de las Constituciones de Anderson, según su redacción de 1728.

Deben los masones ser circunspectos en las palabras y sus obras, a fin de que los extraños, aún los más observadores, no puedan descubrir los que no es oportuno que aprendan; algunas veces debe aprovecharse el giro que toma la conversación, para hacer recaer ésta en la cofradía, y hacer con tal motivo su elogio.

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