Dejar en Libertad a los Individuos de la Nación, Argüelles


Extracto del discurso preliminar de Agustín de Argüelles leído en las Cortes al presenta la Comisión de Constitución el proyecto de Constitución Española de 1812. En la imagen, portada de la primera edición.

El Gobierno ha de vigilar escrupulosamente la observancia de las leyes. Este debe ser su primer cuidado; mas para mantener la paz y tranquilidad de los pueblos no necesita introducirse a dirigir los intereses de los particulares con pro­videncias y actos de buen gobierno. El funesto empeño de sujetar todas las operaciones de la vida civil a reglamentos y mandatos de autoridades ha acarreado los mismos y aun mayores males que los que se intentaban evitar. [...]

El verdadero fomento consiste en proteger la libertad individual en el ejercicio de las facultades físicas y morales de cada particular según sus necesidades o inclinaciones. Para ello nada más a propósito que cuerpos establecidos según el sistema que se presenta. Este sistema reposa en dos principios: conservar expedita la acción del Gobierno para que pueda desempeñar todas sus obligaciones y dejar en libertad a los individuos de la Nación para que el interés personal sea en todos y en cada uno de ellos el agente que dirija sus esfuerzos hacia su bienestar y adelantamiento.

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