Artículo I de las Constituciones de Anderson, según su redacción de 1723.
El Masón está obligado, por vocación, a practicar la moral y si comprende sus deberes, nunca se convertirá en un estúpido ateo, ni en un hombre inmoral. Aún cuando en los tiempos antiguos los masones estaban obligados a practicar la religión que se observaba en los países donde habitaban, hoy se ha creído más oportuno, no imponerle otra religión que aquella en que todos los hombres están de acuerdo, y dejarles completa libertad respecto a sus opiniones personales.
Esta religión consiste en ser hombre buenos y leales, es decir, hombres de honor y de probidad, cualquiera que sea la diferencia de sus nombres o de sus convicciones. De este modo la Masonería se convertirá en un centro de unidad y es el medio de establecer relaciones amistosas entre gentes que, fuera de ella, hubieran permanecido separados entre sí.
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