Extracto de La República Democrática Federal Universal
¿Qué debemos entender por libertad de cultos? El derecho de adorar a Dios en la forma y modo que cada uno crea más conveniente, sin intervención de la autoridad ni de las leyes.
¿Qué debemos entender por libertad de enseñanza? El derecho de instruir o de trasmitir nuestras ideas o conocimientos a todo el que quiera recibirlos.
¿Qué debemos entender por libertad de imprenta? El derecho de imprimir y publicar nuestras ideas y opiniones sobre cosas y personas, libremente, sin depósito al editor responsable, sin sujeción a las leyes, especiales censores ni autoridades.
¿Qué se debe entender por derecho de reunión? El derecho que tienen todos los individuos para reunirse pacíficamente como y cuándo lo crean necesario, sin pedir permiso a nadie.
¿Qué se debe entender por derecho de asociación? El derecho que tienen los individuos para asociarse con cualquier objeto, que no sea criminal, del modo y forma que creyeren oportuno.
¿Qué se debe entender por libertad de industria? El derecho de ejercer cada uno la profesión, arte u oficio, que esté más conforme con sus inclinaciones e intereses, sin previo examen, título ni licencia de la autoridad.
¿Qué se debe entender por librecambio o libertad de tráfico? El derecho de comprar, vender, transportar y cambiar los productos del trabajo, sin trabas fiscales, ni registros en toda la nación, y sin aduanas tan pronto como la industria nacional pueda soportar la concurrencia con la extranjera.
¿Qué se debe entender por intervención directa en la administración pública? El derecho que asiste a todo ciudadano de nombrar a los que deben administrar la sociedad, y el de sancionar sus acuerdos y leyes. [...] El sufragio universal y La sanción de las leyes por el pueblo, satisfacen este derecho.
¿Qué debemos entender por libre defensa? El derecho de defenderse uno a si mismo, o de elegir defensor en cualquier pleito o causa criminal.
¿Qué debemos entender por ser juzgados por nuestros iguales? El derecho que tiene el Pueblo de administrar justicia por sí mismo, nombrando sus jueces. El Jurado garantiza la práctica de este derecho.

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